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Contratos – Mercantiles y Bancarios

Contratos – Mercantiles y Bancarios
Un contrato mercantil o contrato comercial, es un negocio jurídico bilateral que tiene naturaleza jurídico-mercantil. En general, para que un contrato sea calificado de mercantil, debe versar sobre actos de comercio, definidos según la legislación aplicable.

Un negocio jurídico puede ser considerado acto de comercio, según el ordenamiento de que se trate, en función de la condición de las partes que intervienen en él (si son comerciantes), en función de su objeto (si tiene un objeto que la legislación comercial reputa con ese carácter), o en función de los dos criterios tomados conjuntamente.

La legislación aplicable a los contratos mercantiles ofrece diferencias con respecto a la legislación civil común, debido a que busca adaptarse a las necesidades del tráfico mercantil, el cual necesita soluciones distintas (normalmente más ágiles y rápidas) que el ámbito civil.

Los contratos mercantiles se rigen por la legislación comercial general, como la contenida en un Código de Comercio, por las leyes especiales en materia mercantil, y, en todo lo que éstas no previeren, por las reglas generales de los contratos y obligaciones del Derecho civil, tradicionalmente contenido en un Código Civil.

Son ejemplos de contratos mercantiles los siguientes:

  • Compraventa Mercantil
  • Permutas
  • Afianzamientos
  • Comisión Mercantil
  • Contrato de préstamo mercantil
  • Depósito Mercantil
  • Contrato de Franquicia
  • Factoring, renting, leasing, confirming
  • Arrendamientos
  • Contrato de transporte terrestre
  • Comercio marítimo contrato de fletamento, contrato a la gruesa y contrato de seguro marítimo
  • Contratos de seguros (Ver seguros)
  • Contrato de licencia de marca
  • Compraventa de empresas y activos
  • Contratos de servicios, suministro, etc.

Montelongo Asesores tramita y asesora todo tipo de contratos mercantiles o comerciales, basados en el Derecho Mercantil y legislación vigente para cada modalidad.

Los contratos bancarios pueden también encuadrarse dentro de los contratos mercantiles, si bien requieren de una más concreta especialización por la índole y el tratamiento jurídico específico que reciben, pudiéndose hablar de Derecho Bancario como disciplina particular que se ocupa de estos tipos de contratos y transacciones.

Cada vez es más frecuente el reconocimiento judicial hacia los derechos agredidos de los clientes e inversores, siendo en muchas ocasiones éste el mejor camino para lograr la restitución de las pérdidas sufridas por incorrecta comercialización de productos como:

  • Participaciones Preferentes.
  • Obligaciones Subordinadas.
  • Permutas Financieras de tipo de interés.
  • Depósitos estructurados.
  • Bonos convertibles y/o canjeables por acciones.
  • Instrumentos de inversión alternativa como los Hedge Funds.

Nuestro Bufete está especializado en la negociación de acuerdos y soluciones adecuadas con las entidades bancarias, así como en reclamaciones ante la oficina y ante el Servicio del Defensor del Cliente de cada Entidad Bancaria, Servicio de Reclamaciones del Banco de España y de la Comisión Nacional del Mercado de Valores.

En aquellos casos en los que haya resultado imposible conseguir un acuerdo con su oficina, Montelongo Asesores pone a su servicio toda su experiencia en presentar demandas judiciales individuales o con creación de plataformas, contra las entidades bancarias.
Partiendo de una experiencia adecuada en este sector, con actitud y compromiso con el cliente, nuestro objetivo principal es la defensa de sus intereses, derechos adquiridos, contratos bancarios correctos cumpliendo en todo momento la normativa vigente y el Reglamento interno de cada entidad con la transposición de las directivas internacionales y la correcta comercialización de productos de inversión, y en consecuencia conseguir que las entidades bancarias cumplan con la normativa vigente y restituyan al cliente el perjuicio causado.

Más concretamente Montelongo Asesores lleva a cabo las siguientes funciones:

  • Asesoramiento y reclamación frente a entidades bancarias por mala praxis, para conseguir, de forma extrajudicial o en sede judicial, la restitución y el resarcimiento de los daños y perjuicios causados por las entidad bancarias en la comercialización de productos como:
    • Participaciones Preferentes.
    • Obligaciones Subordinadas.
    • Bonos convertibles en acciones.
    • Swaps o Permutas Financieras.
    • Cláusulas Abusivas en Hipotecas.
    • Cláusulas Suelo.
    • Depósitos Estructurados.
    • Hipotecas Multidivisa.
    • Warrants.
    • Fondos de Inversion Immobiliaria.
    • Hedge Funds.
  • Asesoramiento financiero a particulares y sociedades mercantiles. En este sentido intervenimos, asesoramos y analizamos todo tipo de operaciones como:
    • Financiación de adquisiciones y activos.
    • Inversión en distintos productos bancarios.
    • Asesoramiento a prestatarios.
    • Refinanciación de empresas en dificultades económicas.
  • Defensa de los intereses de nuestros clientes en cuanto a:
    • Defensa en ejecuciones hipotecarias.
    • Dación en pago.
    • Renegociación de deuda.
    • Defensa de los obligados al pago de letras de cambio vinculadas a Promociones de empresas constructoras en concurso.
    • Oposiciones cambiarias.

A través de un estudio integral del problema planteamos diversas soluciones que van desde la negociación extrajudicial con la entidad bancaria, hasta la presentación de demandas judiciales, tanto individuales, como acumuladas, en defensa de los derechos de nuestros clientes.