Subvenciones
Existen un gran número de ayudas públicas y subvenciones a nivel local, autonómico, estatal y europeo. Algunas tienen plazos de presentación muy cortos que los posibles beneficiarios no llegan a conocer a tiempo, o trámites con los que las empresas no están familiarizadas y les es dificultoso cumplir.
El procedimiento ordinario de concesión de las subvenciones se tramita en régimen de concurrencia competitiva, según la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Las hay en multitud de sectores y actividades, y para muy distintos fines:
- Emprendimientos
- Innovación
- I+D+I
- Eficiencia energética
- Reforma y rehabilitación de edificios y viviendas
- Subvenciones Agrarias
- Por contrataciones laborales
- Etc.,etc.
Cada Comunidad Autónoma cuenta hoy en día con sus propios programas de subvenciones para autónomos, generalmente se trata de dinero que procede de fondos europeos al desarrollo o de programas nacionales, por lo que su funcionamiento es bastante similar de una comunidad autónoma a otra, con una serie de características comunes, como son:
- La cuantía de una subvención puede variar en función de numerosos factores: perfil del autónomo, actividad del negocio, grado de innovación, forma jurídica, inversión a realizar, empleo a crear, impacto socioeconómico en su localidad y territorio de implantación, etc.
- A pesar de la publicidad institucional, conseguirlas no es ni fácil, ni rápido, ni seguro.
- Las subvenciones a la inversión se suelen pagar después de ejecutar la misma, por lo que previamente hay que financiarla de otra forma.
- Sólo suelen financiar una parte del dinero necesario. Normalmente exigen que el autónomo aporte algo de capital propio.
- Las Agencias de Desarrollo Local y las entidades que apoyan a los emprendedores en cada Comunidad Autónoma suelen ser las encargadas de su gestión.
- Se convocan en función de las necesidades que tenga un territorio (Comunidad Autónoma o Estado) y de los programas políticos.
- Las bases de las convocatorias de subvenciones sólo se publican en el BOE o en los Boletines oficiales de la provincia.
Las ayudas, préstamos y subvenciones en general se ajustan a unas condiciones bien detalladas en las bases de las convocatorias. Estas condiciones se han de cumplir obligatoriamente para no encontrarse después con la “sorpresa” de tener que proceder a su devolución y pago de intereses.
En Montelongo Asesores también le ayudamos en la justificación apropiada ante el organismo competente.